Seguro Automotriz Transporte Privado de Pasajeros

Seguro Automotriz para Vehículos que ejercen el Transporte Privado de Pasajeros: Minibuses, Station Wagon, entre otros.

CONTRATA TU SEGURO AHORA

Descripción: Seguro Automotriz Transporte Privado de Pasajeros cubre ante posibles daños o perjuicios al vehículo asegurado incluyendo el Robo o Hurto del Vehículo, el Uso no Autorizado, Responsabilidad Civil y otras coberturas dependiendo del plan contratado.

La Función principal de este seguro es indemnizar al asegurado en caso de que el vehículo sea robado o reparar los daños que haya sufrido producto de un accidente. Es importante mencionar que la compañía aseguradora también responde en caso de que el vehículo (por motivo del accidente) hubiese dañado la integridad física o la propiedad de terceros.

Se debe tener en cuenta que el propietario vehículo, es el responsable del pago.

Información para contratar el Seguro Automotriz Transporte Privado de Pasajeros.

  • Contratante: Propietario del Vehículo.

  • Asegurado: Propietario del Vehículo.

  • Vehículos: Minibuses, Station Wagon, entre otros cuyo uso sea Transporte Privado de Pasajeros..

  • Vigencia: 1 año a partir de fecha de Emisión de la Póliza.

  • Forma de Pago: Contado, PAT y PAC.

  • Modalidad de Pago: Hasta 12 Cuotas Pago tarjeta de crédito (PAT) y Pago cargo cuenta corriente (PAC).

Coberturas*

  • Daños al Vehículo Asegurado.(Plan Full Cobertura)

  • Actos Maliciosos.

  • Robo, Hurto y Uso no Autorizado.

  • Incluye Pérdida Total.

  • Responsabilidad Civil.

  • Defensa Penal.

*Los valores asegurados para las coberturas siempre dependerán del plan elegido, en los cuales pueden incluir coberturas adicionales a las ya mencionadas.

Valor del Seguro Automotriz
El valor dependerá de la Marca, Modelo, y Año del vehículo se incluyan en la solicitud de cotización.
IMPORTANTE: La suscripción de la póliza dependerá de la evaluación tanto del contratante/asegurado por parte de la Compañía de Seguros que asume el riesgo.

¿Qué se entiende por Transporte Privado de Pasajeros?

Sintetizando artículo 2º del D.S. 80, se indica lo siguiente:

  • 1) El transporte Privado Remunerado es una actividad por la cual una persona contrata a otra persona, cuya finalidad es el trasporte de uno o mas pasajeros. .

  • 2) El traslado es pre-establecido desde un punto inicio hasta su finalización.

  • 3) Se considera en esta categoría al prestador de servicio de transporte que recibe una determinada remuneración en dinero ($) o en especie avaluable.

  • 4) Se extiende este concepto de transporte privado remunerado de pasajeros, el servicio de transporte que las propias empresas, instituciones públicas o instituciones de educación superior, proporcionen a su personal.

¿Cuáles son los servicios de transporte Privado Remunerado que otorga cobertura esta póliza?

Sintetizando el artículo 3º del D.S. 80 se indica lo siguiente:

  • 1) Los Servicios Urbanos y Rurales que no excedan los 200 km desde el punto de origen hasta el destino. Con exclusión de recorridos que unan Santiago con localidades costeras de la V Región.

  • 2) El recorrido debe ser establecido de forma tal que no dure más de tres horas desde el lugar de origen hasta el destino.

  • 3) Para el caso de esta póliza, no se otorga cobertura el traslado de personas que se dirijan a un lugar distinto a aquel en que tienen su residencia, con fines de recreo, familiares, deportivos, entre otros, que no involucren actividades remuneradas.

¿Dudas o Consultas Respecto a este Producto?

Llámenos al +56 2 2905 6580 o al +56 2 2905 6575

Productos Relacionados:

WhatsApp
+56 9 90929792